9.11.06

"Es hora de pensar en tributos para nuestros vecinos, mucho más allá que ganancias a privados" (DADY RUBIO)


Nuestro candidato a Intendente presentó el día jueves 9 de Noviembre, en nuestro Honorable Concejo Deliberante, el anteproyecto de ordenanza denominado: "Impuesto Municipal al Juego".
El mismo está basado en la situación generada por la explotación de las salas de juego de azar en Zapala, que generan ganancias mensuales cercanos a los 2 milones de pesos, y que no se reflejan en el mercado interno de nuestra ciudad.
A continuación se transcribe el anteproyecto de ordenanza presentado:

VISTO:

La situación imperante en nuestra ciudad, con referencia al desarrollo de los juegos de azar, y su correspondiente incremento en la recaudación, que no se refleja en gravámenes impositivos municipales o provinciales, y sosteniendo la necesidad de transparentar, el accionar de los casinos y su correspondiente recaudación y,

CONSIDERANDO:

Que es un criterio de política tributaria municipal, independiente de la tributación provincial, estipulada por ley, y de las correspondientes ordenanzas municipales que ya gravan dicha actividad en nuestra ciudad, pero que no reflejan una correspondencia real con lo recaudado, en mejoras o beneficios sociales para nuestra comunidad, es que resulta imperioso establecer, independientemente de lo antes mencionado, un IMPUESTO MUNICIPAL AL JUEGO, que será determinado por la cantidad de ingresantes a dichas salas de juegos, y determinará un "fondo de asistencia social para casos emergentes de nuestra situación socio-económica".

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE ZAPALA EN USO DE SUS FACULTADES RESUELVE CON FUERZA DE ORDENANZA:

ART. 1º - Autorizase al DEM a gravar a las salas de juego de nuestra ciudad, existentes o en trámite de radicación, con un IMPUESTO MUNICIPAL AL JUEGO, determinado por el ingreso de los asistentes, mayores de 18 años, a las salas de juego de nuestra ciudad, cuyo valor por persona será fijado en 1 peso de nuestra moneda nacional.

ART. 2º - Este impuesto será auditado en forma permanente por la CONTRALORIA MUNICIPAL, y la Secretaria de Hacienda, de nuestra municipalidad, y será estipulado por DECLARACIÓN JURADA de los responsables de las salas de juego, y controlado por el TRIBUNAL DE FALTAS de nuestra ciudad con personal designado para dicha actividad.

ART.3º - Las declaraciones juradas sobre el monto establecido mensualmente, por el ingreso de vecinos, y gravados a través del IMPUESTO MUNICIPAL AL JUEGO, podrán también establecerse con un CANON MENSUAL que signifique un monto calculado sobre la media de asistencia a dichas salas en la ciudad y que quedará determinado por el Concejo Deliberante.

ART. 4º- Dicho monto recaudado será destinado a un FONDO SOCIAL DE EMERGENCIA para casos contemplados por el Departamento de asistencia social del DEM y el HCD. Y serán incorporados a una cuenta especial abierta por el DEM, y auditada por la CONTRALORIA MUNICIPAL y el HCD.

ART. 5º- Este IMPUESTO MUNICIPAL AL JUEGO, se incorpora a los gravámenes municipales establecidos con anterioridad a esta ordenanaza, con respecto al juego de azar, y a los tributos provinciales establecidos por leyes provinciales y nacionales.

ART. 6º- Comuniquese al DEM, y a los representantes/o propietarios de las salas de juego de nuestra comunidad.

ART. 7º- Publíquese en el Boletín Oficial Municipal, dése amplia difusión y archívese.

Publicado por ANZA (Agencia de Noticias Zapala)
Noviembre de 2006
02942 - 431454 / 15698616


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